LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN O HABITABILIDAD

El objetivo de este certificado de habitabilidad es verificar que el edificio cumple con los requisitos básicos de diseño y calidad de acuerdo con la normativa regional vigente, tales como condiciones de habitabilidad aceptables, seguridad o salubridad, y por tanto es habitable.
Nuestro estudio de arquitectos en Alicante está especializado en la tramitación de cédulas de habitabilidad en la provincia de Alicante.
Precio desde 65€ (IVA incluido)
Precios del certificado para pisos y adosados en zona urbana, incluye desplazamiento:
ALICANTE……..... 65 € IVA incluido
ELCHE………...… 85 € IVA incluido
ORIHUELA ….......95 € IVA incluido
SAN VICENTE DEL RASPEIG …75 € IVA incluido y visado incluido )
EL CAMPELLO…….65 € IVA incluido
SANTA POLA........125 € IVA incluido (incluye cumplimentación fichas habitabilidad)
TORREVIEJA .........105 € IVA incluido (incluye visado)
BENIDORM.........85 € IVA incluido (incluye plano de situación)
ALCOY................95 € IVA incluido
Para el resto de tipologías solicitar presupuesto o cosultar listado por municipio.
Tasas municipales no incluidas.
Gestión y entrega de la documentación en el ayuntamiento: 25 €
Seleccione el municipio para ver los precios de casas, chalets y bungalós:
PROVINCIA DE ALICANTE:
Albatera | Alcoy | Agost | Aguas de Busot | Alfás del Pi | Algueña | Alicante | Almoradí | Altea | Aspe | Banyeres | Benidorm , Benisa | Biar | Bigastro | Busot | Castalla | Crevillente | Calpe | Cocentaina | Cox | Daya Nueva | Daya Vieja | Denia | Dolores | Elda | Elche | El Campello | Finestrat | Gata de Gorgos | Guardamar del Segura | Ibi | Jávea | Jijona | Montesinos | Monovar | Muro de Alcoy | Mutxamel | Novelda | Ondara | Onil | Orihuela | Petrel | Pedreguer | Pinoso | Rojales | Salinas | Sax | Santa Pola | Sant Joan d'Alacant | San Vicente del Raspeig | Sella | Teulada | Torrevieja | Villena | Villajoyosa |
PROVINCIA DE VALENCIA:
Para obtener la Cédula de Habitabilidad o licencia de segunda ocupación, el propietario debe solicitarla al Ayuntamiento, presentando el certificado expedido por un técnico competente que acredite que la vivienda cumple las condiciones que dieron lugar a la concesión de la primera licencia de ocupación, conforme con el apartado 2 del artículo 34 de la Ley de Ordenación y Fomento de la Calidad en la Edificación.
La Cédula de Habitabilidad es un documento que confirma la habitabilidad de una vivienda antigua. Se emite a petición del solicitante si se requiere para la prestación de servicios en la vivienda (electricidad, agua, gas, etc.), para segundas o posteriores ocupaciones, para el alquiler de viviendas, para la concesión de préstamos o para la venta de viviendas en casos especiales.
Esta licencia tiene una regulación autonómica, por lo que cada ayuntamiento tiene algunas preferencias en cuanto a la información requerida, aunque en todos los casos es necesario incluir al menos la siguiente documentación:
-
Copia del DNI / NIE del propietario
-
Copia de la escritura
-
Certificado de segunda ocupación
-
Justificante de Pago de Tasas (dependerá de cada Ayuntamiento)