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CÉDULA DE HABITABILIDAD O CERTIFICADO DE SEGUNDA OCUPACIÓN  EN ALTEA

Certificado emitido por arquitecto, necesario para dar de alta o cambio de titular del contrato de agua, también puede ser necesario para la compra-venta de una vivienda, la concesión de licencia turística o para la obtención de ayudas.

PISOS Y BUNGALÓS

  • 195 € (IVA incluido) - Certificado técnico firmado por arquitecto, incluido la elaboración de los planos actuales firmados por arquitecto para pisos de menos de 120 m² construidos.  Tasas municipales no incluidas.

  • 60 € (IVA incluido) - Entrega y gestión de la documentación requerida en la sede electrónica del ayuntamiento. Pago de las tasas por la sede electrónica. 

 

CASAS Y CHALETS (viviendas legalizadas en zona urbana)

  • 350 € (IVA incluido) - Certificado técnico firmado por arquitecto, incluido la elaboración de los planos actuales firmados por arquitecto para casas y chalets de menos de 180 m² construidos.  Tasas municipales no incluidas..

  • 60 € (IVA incluido) - Entrega y gestión de la documentación requerida en la sede electrónica del ayuntamiento. Pago de las tasas por la sede electrónica. 

Solicite presupuesto en el link inferior, indicándonos la dirección y tipología de la vivienda.

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DESCARGAR el Modelo de la Solicitud de Cedula de Habitabilidad de Segunda o Posteriores Ocupaciónes del Ayuntamiento de Altea.

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TRAMITES PARA LA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO

El certificado de 2ª Ocupacion se realiza en viviendas transcurridos los 10 años desde su construcción, para comprobar que la vivienda es habitable y cumple con la normativa de habitabiliad de la Comunidad Valenciana.

También se debe comprobar que no se han realizado ampliaciones sin la preceptiva licencia urbanística, para poder emitir el certificado de segunda ocupación se debe regularizar legalmente la vivienda ante la sede de urbanismo del ayuntamiento pertinente.

La documentación a entregar depende del ayuntamiento, pero normalmente se trata del certificado de segunda ocupación firmado por arquitecto y la presentación de la escritura, declaración responsable del propietario, recibo de IBI, agua o luz, junto con la identificación del propietario.

Cada municipio tiene unas tasas diferentes que deben ser abonadas para poder emitir la licencia de segunda ocupación, en algunos municipios la falta de pago de estas tasas supone el corte del suministro de agua.

Cada vez que se produce un cambio de titular de la vivienda, las compañías de agua requieren de este documento para poder realizar el cambio de titular o dar una nueva alta. 

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