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LEGALIZACIÓN O REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS 

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¿Cómo se puedo saber si mi vivienda es legal o ilegal?

La forma de saber si la vivienda es legal, es consultar si la vivienda tiene Licencia de Primera Ocupación. Hasta hace pocos años, a la Licencia de Primera Ocupación también se la llamaba Cédula de Habitabilidad.

Todas las viviendas construidas según los pasos establecidos en la legislación, al finalizar reciben su Licencia de Primera Ocupación. Esto significa que, según la Administración, son aptas para ser utilizadas según las condiciones de la licencia que solicitaron.

Se pueden seguir dos procesos, una para regularizarla ante notario, catastro y registro de la propiedad; o legalizarla ante el ayuntamiento.

¿Si tengo escritura de mi vivienda significa que es legal?

La escritura de un inmueble solamente identifica al titular de esa propiedad, pero nada más. 

La escritura firmada ante notario, no tiene ningún valor desde el punto de vista de la legalidad urbanística.

¿Si tengo registro de la propiedad de mi vivienda significa que es legal?

Hay multitud de construcciones ilegales inscritas en el Registro de la Propiedad.

Para inscribir una vivienda ilegal, y así REGULARIZARLA, si han prescrito los plazos necesarios, solo se necesita un Certificado de Antigüedad y Superficies.

Con este documento, el Notario emitirá la Declaración de Obra Nueva y podrá inscribir su vivienda en el Registro.

Esto es lo que conoce como regularizar una vivienda ante el registro de la propiedad y el catastro.

¿Cómo legalizar mi vivienda?

Si su casa nunca ha tenido Licencia de Primera Ocupación, la única solución pasa por regularizar esta situación.

Dependiendo del año de la construcción y la ubicación se podrá legalizar de formas muy distintas.

Cada caso es completamente diferente y se debe estudiar para saber cual es la mejor forma de legalizarla y si no es posible.

Se debe comprobar si la vivienda a legalizar cumple con la normativa aplicable. Si la respuesta es positiva, deberá buscar un Arquitecto colegiado y presentar un Expediente de Legalización en el Ayuntamiento.

En caso contrario, habrá que estudiar si mediante una obra de reforma, sería posible llegar a cumplirla.

En tal caso, se deberá elaborar un Proyecto de Reforma y un Expediente de Legalización de la vivienda reformada. Posteriormente, ambos documentos se presentaran conjuntamente en el Ayuntamiento.

Cuando tampoco sea posible cumplir la normativa realizando obras de reforma, solo queda estudiar el motivo exacto de esta imposibilidad y valorar si existen alternativas.

En el caso que se trate de una construcción anterior a terreno rústico, finalizada antes de 2014, se puede legalizar si cumple una serie de condiciones descritas en este link 

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