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CÉDULA DE HABITABILIDAD O CERTIFICADO DE SEGUNDA OCUPACIÓN  EN
SANTA POLA

El certificado emitido por el arquitecto o facultativo competente es necesaria para las altas de agua y luz y gestiones relacionadas con los suministros y algunas ocasiones lo solicitan las entidades bancarias, la administración pública y notarias. 

PISOS 

  • 95 € (IVA incluido) - Certificado técnico firmado por arquitecto. Tasas municipales no incluidas.

  • 40€ (IVA incluido) - Toma de medidas para el cumplimiento de las fichas de habitabilidad de la Generalitat exigidas por el ayuntamiento de Santa Pola. Viviendas de hasta 180 m². Para mayor superficie consultar.

  • 60€ - (IVA incluido) - Entrega y gestión de la documentación requerida en la sede electrónica del ayuntamiento. 

 

CASAS  (viviendas con primera ocupación en zona urbana)

  • 95 € (IVA incluido) - Certificado técnico firmado por arquitecto. Tasas municipales no incluidas.

  • 65 € (IVA incluido) - Toma de medidas para el cumplimiento de las fichas de habitabilidad de la Generalitat exigidas por el ayuntamiento de Sant Joan. Viviendas de hasta 180 m². Para mayor superficie consultar.

  • 60 €  (IVA incluido) - Entrega y gestión de la documentación requerida en la sede electrónica del ayuntamiento. 

 

Solicite presupuesto en el link inferior, indicándonos la dirección y tipología de la vivienda.

segunda ocupacion santa pola.png

DESCARGAR el Modelo de la Solicitud de Cedula de Habitabilidad de Segunda o Posteriores Ocupaciónes del Ayuntamiento de Santa Pola

segunda ocupacion santa pola 1.jpg
segunda ocupacion santa pola 2.jpg
TRAMITES PARA LA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO

La Cédula de Habitabilidad o licencia de segunda ocupación, es necesaria para poder realizar los siguientes trámites:

  1. Alta o  cambio de titular del contrato de agua,

  2. La concesión de prestamos y ayudas.

  3. Obtener la licencia turística.

  4. Escritura de compra-venta cuando lo solicite el comprador o el notario.

 

La cédula de habitabilidad confirma que la vivienda es habitable y que no se han realizado ampliaciones ilegales no prescritas.

 

La documentación que debe apartar el propietario de la vivienda es la siguiente:

  • Copia del DNI / NIE del propietario

  • Copia de la escritura

  • Certificado de segunda ocupación emitida por arquitecto

  • Justificante de Pago de Tasas (dependerá de cada Ayuntamiento)

  • Según el ayuntamiento se pueden pedir planos de la vivienda y los recibos de agua y luz.

Arquitectos Alicante

ARQUITECTURA       DISEÑO      LICENCIAS

Arquitectos en  Alicante, Valencia y Castellón, Telf.653495563   info@iconicstudio.es

 

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